Sororidad y zorroridad: la legalización de OTRAS

El Tribunal Supremo se ha pronunciado al fin sobre el litigio en torno a la legalización del sindicato OTRAS (Organización de Trabajadoras Sexuales). En su fallo, que cierra de momento el conflicto, establece que las personas que desarrollan trabajos sexuales tienen derecho a sindicarse, pero excluyendo las relaciones laborales que impliquen prostitución por cuenta ajena. Una puntualización de alcance difuso, me parece a mí, en estos tiempos en los que se hace tan complicado distinguir entre falsos autónomos y trabajadores reales en una empresa. Pero no soy experto en la materia.

El contencioso viene de lejos. El 4 de agosto de 2018, hace ya casi tres años, el BOE recogía la Resolución de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo anunciando la constitución del sindicato OTRAS, un grupo de mujeres que se asociaba para defender sus derechos en el ámbito funcional de las actividades relacionadas con el trabajo sexual en todas sus vertientes, según recogen los estatutos de la organización.

A los pocos días estalló el escándalo político. Las posiciones abolicionistas, o prohibicionistas, sobre la prostitución tienen mucho peso entre determinadas corrientes feministas. La entonces Ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, afirmó que le habían colado un gol por la escuadra y anunció que el Ministerio emprendería urgentemente acciones para enmendar lo que fue calificado como un error. No avalaremos un sindicato de una actividad que no es legal y que vulnera los derechos de las mujeres, declaró.

Dos organizaciones feministas, la Plataforma 8 de marzo de Sevilla y la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, interpusieron una demanda para impugnar los estatutos de OTRAS, que contó con el respaldo del mismísimo Ministerio Fiscal.

El fallo de la Audiencia Nacional fue favorable a esa demanda, decretando la disolución de la organización sindical, ordenándose la baja de la misma en el registro correspondiente. Una resolución, por tanto, que impedía a OTRAS su existencia legal como sindicato. Muy discutible, en mi opinión, si consideramos que se entiende por trabajo sexual no solo la prostitución, sino también la pornografía, los bailes eróticos, las líneas eróticas, el alterne… actividades todas ellas perfectamente legales -hasta la fecha al menos- que se incluían en el ámbito de actuación del sindicato. La sentencia tampoco diferenciaba entre prostitución por cuenta ajena o por cuenta propia. La segunda difícilmente puede considerarse ilegal, en opinión de gentes expertas en la materia, y cualquier trabajador dado de alta como autónomo sin empleados a su cargo tiene derecho a afiliarse a un sindicato. Salvo en este caso, según la Audiencia.

OTRAS presentó el consiguiente recurso de casación. Ahora llega la sentencia del Tribunal Supremo, de la que conoceremos más detalles cuando se publique. En cualquier caso, restablece el derecho de asociación para OTRAS, derecho que se le había cercenado de raíz, sin matiz alguno.

El Tribunal Supremo afirma en su fallo que no entra en la polémica sobre la legalización de la prostitución, labor que corresponde al poder legislativo. Afirma textualmente que es por completo ajeno a este litigio el debate sobre la legalización, tolerancia o penalización de la prostitución por cuenta ajena, máxime cuando la misma no aparece contemplada en los estatutos.

Ciertamente, el tema va mucho más allá. Dejemos ahora de lado los debates en torno a la prostitución. Si vulnera los derechos de las mujeres o si mantenerla en la oscuridad solo contribuye a acentuar sus perfiles más salvajes. O si podemos hablar -o no- de prostitución masculina, lo que contradiría el esquema estricto de violencia contra la mujer 1. La polémica acerca de la legalización de OTRAS, más que a la discusión sobre las políticas relativas a la prostitución, afecta a una libertad tan esencial como la de asociación sindical.

Por esas casualidades de la vida, coincidí en Sevilla con la manifestación del 8 de marzo de 2019, fecha en la que el litigio sobre la legalización de OTRAS se había ya puesto en marcha. En aquella movilización participó un grupo de trabajadoras sexuales llevando una pancarta que contenía una sola palabra: Zorroridad. La firmaba el Colectivo de Prostitutas de Sevilla. Aquellas mujeres no paraban, montaban una bulla considerable. Rompedoras, valientes y con sentido del humor. Me cayó bien el grupo.

No sé qué opinión tendrían sobre OTRAS. Cabe suponer que, al igual que lo estaban haciendo ellas mismas, les parecería bien que se asociaran para hacerse oír y defender sus derechos. Tampoco sé, ni me parece importante, si estaban al tanto de que la Plataforma 8 de marzo de Sevilla era precisamente una de las firmantes del recurso contra la legalización de ese sindicato.

Lo que me parece relevante es que las unas y las otras se juntaron en la misma manifestación bajo la bandera del feminismo. Y eso sucedía al tiempo que una de las partes estaba tozudamente empeñada en que la otra no pudiera organizarse como sindicato. Una cerrazón más allá de las diferencias ideológicas. Porque se puede ser defensora a ultranza de la prohibición de la prostitución y comprender, en cambio, el interés de quienes la ejercen en la dura y prosaica realidad de asociarse para tratar de frenar tanto abuso.

Es contradictorio hablar de sororidad, de visibilización, o de empoderamiento, mientras se utiliza el propio poder (desde el Gobierno, desde la fiscalía, desde… bueno, dejémoslo ahí) para intentar privar de voz a uno de los sectores más feminizados, invisibles, y carentes de derechos de la sociedad. Ese afán por impedir a las prostitutas organizarse podría leerse, además, como un intento de rehuir el debate tapando bocas, como miedo a lo que pudieran hacer o decir.

Nada nuevo bajo el sol. En la historia de la humanidad la persecución del pecador o del hereje han sido prácticas habituales de todo tipo de iglesias. Lamentable.

1 Por cierto, ¿qué es la figura del gigoló, tan usual en el cine y la literatura de ciertas épocas, sino la de un prostituto de lujo venido a más?

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